Como todos los años, el inicio de un nuevo ejercicio generalmente lleva asociada una serie de cambios en materia tributaria, contable y laboral y este nuevo año, como es normal, no podía ser menos. Para que estés al tanto de todo, te explicamos las novedades para Pymes y autónomos en 2020.
Este año, hay algunos temas nuevos que son para tener en consideración, puesto que resultan bastante significativos. También de cara a que hagas una buena planificación en tu negocio, no solo te vamos a hablar de las modificaciones y novedades ya efectivas, si no de las que posiblemente sean implantadas a lo largo del ejercicio.
De modo que tengas una pequeña guía de consulta para cuando te surja alguna duda, aunque para ampliar información o tener un asesoramiento experto y profesional, ya sabes que en Asesoría Premium disponemos un equipo con amplios y actualizados conocimientos y una sólida experiencia que te ayudará a gestionar de la mejor manera tu actividad o negocio.
Cuáles son las novedades para Pymes y autónomos en 2020
Para que queden totalmente claras, vamos a distinguirlas entre materias y también si están ya implantadas o pueden ser adoptadas durante el ejercicio.
Novedades fiscales
En primer lugar, hay que tener en cuenta que la Agencia Tributaria ha diseñado un plan de actuación con el fin de facilitar los trámites entre administración y autónomos y Pymes. Este plan comenzó su implantación en el pasado ejercicio y está previsto que finalice en el año 2022, por tanto, algunas de las novedades fiscales 2020 para Pymes y autónomos son en este sentido.
Borrador de IVA para autónomos
Esta es una de las novedades pertenecientes al plan anteriormente citado y consiste en que un grupo determinado de trabajadores por cuenta propia va a recibir un borrador con los datos para la presentación de la autoliquidación trimestral de IVA. Es algo similar a lo que ya se hace con la Declaración de la Renta, y el autónomo deberá únicamente comprobar si es correcta o no. Si es correcta, solo tendrá que confirmarlo para su presentación telemática, la cual se hará automáticamente.
Pero no dispondrán de este borrador todos los autónomos, solo aquellos que se encuentren acogidos al sistema de Suministro Inmediato de Información o SII, dado que son los únicos que proporcionan los datos necesarios a la AEAT en la actualidad.
Además, deben cumplir un requisito más que es que el volumen de operaciones debe ser inferior a la cifra de 6 millones de euros.
De este modo se pretenden lograr varios objetivos:
- Aumento de la rapidez y la facilidad en la presentación.
- Tiempos de devolución del importe del IVA más corto, en aquellos casos que corresponda y así lo soliciten.
- Evitar el fraude y la economía sumergida.
Su implantación será en el mes de febrero.
Modificación de la presentación de las declaraciones anuales informativas
Queda suprimida la presentación telemática a través de un mensaje de texto o SMS de las siguientes declaraciones tributarias:
- Declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido: Modelo 390.
- Declaración-resumen anual de «Retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta: Modelo 190.
- Declaración anual de operaciones con terceras personas: Modelo 347.
Esta novedad es de aplicación ya durante los meses de enero y febrero para las anteriores declaraciones correspondientes a las operaciones realizadas durante el ejercicio 2019, y por supuesto para los ejercicios posteriores.
En cuanto a la «Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias» o Modelo 349, a partir de enero de 2020 y para las declaraciones correspondientes a las operaciones realizadas durante dicho ejercicio y siguientes, no para las correspondientes a 2019, queda suprimida la presentación anual de dicha declaración.
Prórroga de los límites para los contribuyentes en Estimación Objetiva o Módulos
Se prorrogan de nuevo dichos límites, que siguen siendo los siguientes:
- Volumen de ingresos: 250.000.-€
- Facturación a empresas y profesionales: 125.000.-€
Novedades fiscales previstas
Cesión de datos fiscales a los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades para su presentación
Como ya hemos comentado anteriormente, el Plan estratégico 2019-2022 de la AEAT para la mejora de las relaciones entre contribuyentes y administración busca la mejora y facilidad de las presentaciones telemáticas de las declaraciones tributarias para las pymes también. Y por este motivo se pretende implantar la cesión de los datos fiscales que afecta a los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades.
Esta medida podría ser llevada a cabo en el mes de julio, mes que corresponde de modo general con la fecha de presentación de esta declaración tributaria. El objetivo es que, de esta manera, las empresas podrán contrastar sus datos fiscales con los que posee la Agencia Tributaria de entidades financieras, certificados de retenciones de otras empresas, etc.
De este modo, se facilitará la comprobación de los datos y se evitarán errores y posibles perjuicios futuros, por tanto, aumentarán tanto la fiabilidad de las declaraciones como la seguridad para las empresas al presentarlas.
Novedades contables
Libros de registro de IRPF
A partir del 1 de enero del año 2020 se establece la obligatoriedad de llevar libros registro correspondientes al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas tanto para el ejercicio 2020 como los siguientes. Esta obligación la tendrán que cumplir aquellos autónomos que se encuentren sujetos al régimen de estimación directa modalidad simplificada o bien en estimación directa, pero desarrollen una actividad que no sea mercantil y los que estando en estimación objetiva, apliquen deducciones por amortización.
La llevanza de los citados libros consistirá en anotar en los libros registro tanto de compras y gastos como en los de ventas e ingresos, los siguientes datos de proveedores, acreedores y clientes:
- Número de identificación fiscal.
- Nombre y apellidos o razón social.
- Realización de un asiento de resumen diario para aquellos autónomos que, por la actividad económica realizada, deban emitir facturas simplificadas, sin tener que identificar a los destinatarios.
- Que sea compatible con los libros registro de otros tributos, principalmente de los correspondientes al IVA.
Homogeneización del formato del libro Registro de IVA
Para que todos los autónomos y Pymes actúen de la misma manera, se reordenan y añaden columnas a los libros Registro de IVA con el fin de evitar errores de interpretación.
Novedades laborales
Ampliación de la duración del permiso de paternidad
Se amplía en 4 semanas más el permiso de paternidad, pasando de durar 8 semanas hasta 12.
Medidas para la conciliación de la vida familiar y laboral
Se crean nuevas medidas para hacer posible que los trabajadores puedan conciliar su vida familiar y laboral. Estas deben ser adoptadas por Pymes y autónomos que tengan empleados y son las siguientes:
- Corresponsabilidad en el cuidado del lactante: el padre puede ausentarse del puesto de trabajo durante una hora diaria hasta que el bebé cumpla los nueve meses.
- Derecho de adaptación de la duración y distribución de la jornada de trabajo. Conocida popularmente como “jornada a la carta”. Es una modificación del estatuto de los trabajadores por el cual todos los empleados que lo necesiten por tener a su cuidado algún familiar. Si es por cuidado de hijos, hay que tener en cuenta que estos deben ser menores de 12 años. Todos ellos podrán adaptar su jornada laboral mediante la distribución de la jornada y ordenación del tiempo de trabajo, es decir, mediante flexibilidad horaria, jornadas irregulares o cambios de turno.
También podrán trabajar a distancia, lo que se conoce como teletrabajo, de una forma proporcionada y que coincida con las necesidades organizativas de la empresa.
Todo ello sin reducción de la jornada laboral, ni del salario.
Nueva prestación por contingencias profesionales para autónomos
La denominada “Adaptación del local donde el trabajador autónomo desarrolla su actividad” consiste en la financiación de las acciones necesarias para adecuar el lugar de trabajo de un autónomo en el caso de que éste sufra una contingencia profesional.
Novedades laborales previstas
Aumento de la cotización del tipo general de cotización del régimen especial de autónomos
Está prevista una subida de dicho tipo que pasará del 30% al 30,3%. Los conceptos de cotización que aumenten serán contingencias profesionales y cese de actividad. Y también aumentará la cotización de los autónomos societarios, no solo los del tipo general.
Estas son algunas de las novedades para Pymes y autónomos en 2020, ya en vigor o cuya aplicación será próxima o muy probable. Para saber más sobre ellas, o como adaptarlas a tu negocio, no lo dudes, contacta con nuestro equipo de profesionales expertos y evita futuros problemas.