En la nueva campaña tenemos que estar informados de toda clase de novedades que se presenten. Por ejemplo, sabiendo bien cómo tributa el cese de actividad en la declaración de la renta.
Y es que, dado que 2020 ha sido un año muy atípico debido a los problemas provocados por la pandemia de la Covid-19, es importante que, según la incidencia en la actividad de un buen número de trabajadores y empresas, tanto asalariados como autónomos han de estar convenientemente informados de tal eventualidad. Veamos.
Medidas extraordinarias por la pandemia
Entre las muchas medidas puestas en marcha por el Gobierno de la nación, el cese extraordinario de actividad ha sido una de las que podríamos considerar como estrella, ya que un gran número de empresas se han visto obligadas a acogerse al mismo dada la falta de trabajo, de manera que puedan seguir subsistiendo cuando la crisis decaiga.
Muchas pequeñas empresas, igual que un gran número de autónomos, se han acogido a esta medida igual que hacen, por ejemplo, con otras prestaciones de la Seguridad Social. Sin embargo, de la misma forma que las citadas otras prestaciones, acogerse a esta medida implica que el ingreso o falta del mismo tendrá un impacto notable en la declaración de la renta.
Qué dice la ley
La ley que regula el asunto es la Ley 35/2006 del IRPF que en su artículo 17.1.b) afirma que están considerados como rendimientos íntegros del trabajo todas aquellas utilidades y contraprestaciones, dando igual su naturaleza o denominación, bien en especie o bien dinerarias, que deriven de forma indirecta o directa, del trabajo personal, de la relación estatutaria o laboral, y que no posean un carácter de rendimiento de actividad económica. Por ejemplo, contando con diversos particulares como la prestación por desempleo.
O sea, que por tratarse de un rendimiento del trabajo, fue la Seguridad Social quien abonó las cuotas a Hacienda. Así pues, por no tener consideración de rendimiento de actividades económicas similares al resto de los ingresos de un autónomo, no ha sido presentado el modelo 130.
El segundo pagador y los efectos fiscales
Se da la circunstancia de que muchos trabajadores que se acogieron a la prestación por cese de actividad se van a ver obligados a declarar y presentar su renta, incluso habiendo obtenido ingresos menores o similares a los habituales en ejercicios anteriores, porque han tenido dos pagadores a efectos fiscales.
Así pues, incluso autónomos podrían tener que presentar la declaración debido a que el SEPE se considera segundo pagador a efectos fiscales, por lo que a muchos les puede salir a pagar.
No obstante, uno de los detalles que aparecen recogidos en la ley es la rebaja en los límites, de ahí que muchos trabajadores se vean obligados a presentar su declaración de la renta, ya que ahora se ha reducido hasta los 12.643 euros al año, bastante inferior a los 22.000 euros obtenidos a través de un único pagador.
Ahora bien, el límite es únicamente aplicable para aquellos individuos que han recibido ingresos por parte del SEPE, y que en todo momento sean inferiores a los 1500 euros. Todo ello se hará con independencia del resultado que se haya obtenido en la declaración llevada a cabo en ejercicios anteriores.
El resultado
El resultado es una de las grandes dudas que nos queda. ¿Es posible que la declaración salga a pagar? Lo cierto es que sí. Hemos de tener en cuenta que el SEPE está aplicando una retención mínima del 2% en las prestaciones por desempleo, por lo que, al regularizar la situación en el presente año por medio de la Renta 2020, es muy común que nos veamos obligados a abonar la diferencia, lo que popularmente se dice que sale a pagar. Así pues, si esta ha sido tu situación, es probable que te encuentres en una tesitura similar.
También hemos de añadir un último supuesto que se ha producido durante este último año. Dado que el disfrute de la prestación por cese de actividad vino acompañado de una exoneración de las cuotas sociales establecida por el Gobierno de la nación, muchos autónomos en realidad han pagado menos de su cuota, hecho este que ha provocado que se reduzcan los gastos deducibles, por lo que es un detalle a tener en cuenta que también afectará al resultado de la Renta 2020.
Recuerda toda esta información para saber cómo tributa el cese de actividad en la declaración de la renta y, no lo olvides, si necesitas profesionales que te echen una mano en este momento complejo, puedes contactarnos para que nos pongamos a trabajar cuanto antes.