¿Estás empezando a ganar dinero trabajando por tu cuenta y no sabes cuándo deberías darte de alta como autónomo? ¿Eres de Murcia y no tienes claro si debes cumplir algún requisito especial?
Entonces, has llegado al sitio adecuado.
En este post no solo te vamos a explicar cuándo debes darte de alta, sino también las opciones que tienes y los riesgos que entraña cada una.
Si quieres emprender en Murcia, tienes que leer este post.
¿Dónde surge el problema?
En estos momentos existen muchas personas que están generando algún tipo de ingreso al trabajar por su cuenta. Te ponemos algunos ejemplos:
- Gente que trabaja por cuenta ajena pero que hacen algún trabajo en sus ratos libres.
- Personas que trabajan para un único cliente y que les obliga a ser autónomo para ahorrarse la seguridad social.
- Autónomos que están empezando o que llevan un tiempo pero no están generando el suficiente nivel de ingresos.
Y aquí es cuando surge la pregunta.
“¿Debo darme de alta en autónomos, incluso cuando la cuota puede ser incluso mayor a lo que cobro?”.
Como todo lo que tiene que ver con leyes es complejo, intentaremos explicarte de la manera más sencilla todas las variables.
¿Cuándo darse de alta como autónomo?
El régimen de autónomos es una cuestión estatal por lo que las condiciones que marca la Seguridad Social son iguales para todos los españoles.
Aunque por suerte, sí que hay comunidades que han establecido ayuda específicas para los autónomos como es el caso de Murcia. Pero esto ya lo veremos más adelante.
La fecha clave de esta historia es el 2007. En ese año, el Tribunal Supremo establece un dictamen en el que afirma que NO es necesario darte de alta como autónomo si tus ingresos no superan el salario mínimo interprofesional (SMI).
En estos momentos, el SMI está en 648,60 € al mes en 14 pagas. O lo que es lo mismo, 21,62€ al día o 756,70 € al mes. Al año estamos hablando de unos ingresos de 9.080,40 €.
Sin embargo, todo parece indicar que el gobierno va a subir dentro de poco el SMI. Se calcula que será una subida de un 8% lo que daría una cantidad final de unos 707€.
El problema está en que este dictamen todavía no se ha convertido en una normativa definitiva. Y al no haber un criterio estable es cuando surgen las interpretaciones y el descontrol. De hecho, se conocen penalizaciones a personas que no llegaron a generar ese volumen de ingresos.
Ahí está el problema, según se interprete la ley el resultado puede ser uno u otro.
Llegamos a la segunda parte: Hacienda
La situación legal perfecta es en la que se cumplen estos 2 parámetros:
- Estar dado de alta en autónomos.
- Estar inscrito en Hacienda (lo que supone declarar el IRPF y el IVA).
Hasta ahora hemos visto, aunque no sea con total seguridad, que si los ingresos que recibes son superiores al SMI es cuando debes darte de alta en autónomos.
Pero, ¿qué pasa con Hacienda?
La realidad es que Hacienda lo que de verdad quiere es que declares todo lo que ganas aunque sea muy poco.
Y eso nos lleva a que valores una serie de cuestiones:
- Operación de más de 3.000 € con un cliente: cualquier empresa a la que le factures más de 3.000 € tiene la obligación de informar a Hacienda de ese trabajo. Si no estás dado de alta por esta vía en muy sencillo que te localicen.
- Debes declarar el IVA: cuando factures deberás incluir el tipo de IVA que corresponda e ingresarlo en Hacienda.
- Las empresas te pueden solicitar un certificado que demuestre que estás al corriente con Hacienda: este certificado solo se obtiene cuando te has dado de alta en Hacienda. Ojo, si no lo tienes la empresa se puede negar a pagarte.
- Riesgo de inspecciones: como profesional debes retener en todas tus facturas un dinero que luego el cliente pagará en tu nombre. Si no tienes todo en regla es sencillísimo que Hacienda te pille por aquí.
Por lo tanto, mientras que con el alta de autónomo en la Seguridad Social teníamos más margen, con Hacienda no lo hay.
¿Qué opciones tienes en cada caso?
Como te dijimos antes, el ideal es que estés dado de alta en autónomos y en Hacienda. Esa sería la situación legal perfecta y en la que podrías estar tranquilo ya que estarías cumpliendo todos los requisitos.
Recuerda que aunque vimos que el Tribunal Supremo había dictaminado que el SMI era el límite de ingresos para darse de alta, hay cierto vacío legal en este tema.
Pero vamos a las soluciones.
1. Tarifa plana de 50 euros
Con la ley de Emprendedores se intenta facilitar el que las personas que empiezan a trabajar por cuenta propia se den da alta. El autónomo (si cumple una serie de requisitos) empezará pagando 50€ en vez de los casi 270€ que cuesta la tarifa de autónomos normal.
2. Bonificaciones en casos de pluriactividad
Si trabajas por cuenta ajena y cobras algo de dinero por trabajar por cuenta propia puedes acceder a bonificaciones de hasta un 50% en tu cotización.
3. Facturar a través de cooperativas
Es una buena opción cuando empiezas y no puedes acceder a la tarifa plana de los 50 euros. No obstante, ten en cuenta que te cobrarán un tanto por ciento de los ingresos o una cuota.
4. Autónomos dependientes
Si eres autónomo pero tus ingresos solo provienen de un único cliente lo mejor es que intentes negociar con la empresa un contrato laboral.
El problema radica es que lo más seguro es que la empresa te pida que te “apretes el cinturón” para que le compense pagar la Seguridad Social.
5. Solo darse de alta en Hacienda
Desde luego, nuestro consejo es que siempre te des de alta en Hacienda ya que una sanción de la agencia tributaria suele ser bastante más dura que la de la Seguridad Social.
Esto te obligará a declarar el IVA y el IRPF. Cuestión que puedes hacer tú mismo o contar con un asesor. Si eres de Murcia y necesitas que alguien te ayude con todo el papeleo no dudes en ponerte en contacto nosotros.
6. Bonificaciones especiales en Murcia
Sí, en Murcia tenemos unas ayudas especiales para todos aquellos que quieren emprender y montar su negocio propio. Si quieres saber la cantidad de la ayuda y las condiciones, solo tienes que pinchar aquí.
¿A qué sanciones te puedes enfrentar por no estar dado de alta como autónomo?
Ahora que ya conoces bien las opciones que tienes, echa cuentas y valora tu situación. Piensa que si la Seguridad Social te sancionara tendrías que pagar todas las cuotas desde que empezaste a trabajar por tu cuenta.
Y todo ello con un 20% de recargo.