El Congreso aprobó el pasado 11 de julio el techo de gasto para el ejercicio 2018. Este conlleva aparejada, además de nuevos objetivos respecto al déficit, la deuda pública y el gasto social, una bajada de IRPF prevista para 2018 que afectará a aquellas rentas que son más vulnerables por el motivo de ser más bajas.
En realidad, no se trata de una rebaja generalizada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, como ya se ha indicado. Únicamente bajarán las que perciben menos rendimientos y/o soportan mayores cargas familiares.
¿Cómo se afronta esta bajada de impuestos? Esta rebaja supone una cifra de 2.000 millones en IRPF. Estos son posibles de asumir debido a que los Presupuestos Generales del 2017 contemplaban una partida de 2.100 millones destinada al complemento salarial. Partida que finalmente no va a ser utilizada en ese objetivo, puesto que este va a ser sufragado con fondos europeos procedentes del Fondo de Garantía Juvenil. Por tanto, finalmente va a ser destinado a la bajada parcial del IRPF.
Pero hay que aclarar que aún no está concretada ni aprobada la modificación de la rebaja del Impuesto de la Renta, ya que en septiembre se entrará a realizarla en detalle. Aun así, sí que está perfilada a grandes rasgos la forma en la que se va a llevar a cabo. Veamos de qué manera será afrontada la bajada de impuestos.
Cómo pretende ser la bajada de IRPF prevista para 2018
Previsiblemente, se realizará de dos maneras, una mediante la bajada propiamente dicha, y otra por medio del aumento de deducciones y prestaciones. Vamos a verlas.
Rebaja IRPF
Actualmente, los tramos de IRPF están fijados por Hacienda mediante la siguiente tabla:
Base liquidable | Tipo Estatal
aplicable |
Tipo autonómico
*aplicable |
Tipo Total |
Euros | Porcentaje | Porcentaje | Porcentaje |
Hasta 12.450,00 | 9,50 | 9,50 | 19,00 |
Los siguientes 7.750,00 | 12,00 | 12,00 | 24,00 |
Los siguientes 15.000,00 | 15,00 | 15,00 | 30,00 |
Los siguientes 24.800,00 | 18,50 | 18,50 | 37,00 |
En adelante
(a partir de 60.000 euros) |
22,50 | 22,50 | 45,00 |
En ella se indica la cotización en función de los ingresos que perciba el contribuyente. Es decir, según en el tramo en el que se sitúen los ingresos, así deberá pagar a Hacienda. Por ejemplo, si un contribuyente gana 30.000 euros brutos, los porcentajes se aplicarán de la siguiente manera:
A los primeros 12.450,00 se les aplicará el 19%
El siguiente tramo será (30.000-12.450,00= 17.550,00). Por tanto, de estos, 7.750,00 tributarán al 24% y el resto (17.550,00-7.750,00=9.800,00) tributarán al 30%.
Quedando de la siguiente manera:
12.450,00 al 19%. Por tanto, está obligado a contribuir con 2.365,50.-
7.750,00 al 24%. Por tanto, está obligado a contribuir con 1.860,00.-
9.800,00 al 30%. Por tanto, está obligado a contribuir con 2.940,00.-
30.000,00 Total ingresos brutos. Total corresponde al Estado 7.165,50,00.-
En el presente ejercicio, aquellos que ganan menos de 12.000,00.- no tienen que pagar IRPF debido a la existencia de mínimos exentos y reducciones.
Bien, pues aquí viene la primera rebaja que supuestamente se aplicará desde el 1 de enero de 2018. Se trata de la siguiente:
- Los primeros 14.000 euros no tendrán que tributar por IRPF. Lo cual supone una rebaja bastante interesante para todos, puesto que como hemos podido comprobar, el primer tramo se situaría en 14.000 euros, y no hasta 12.450,00 como hasta ahora.
- Además, todos aquellos que perciban ingresos entre los 12 y los 14.000 euros, no tendrán que tributar.
- Otra rebaja que hay prevista es el retoque de la reducción que existe actualmente por los rendimientos del trabajo.
Es decir, ahora mismo, a los asalariados les corresponde una reducción de 2.000 euros. Si se trata de declarantes que perciban unos rendimientos netos, o sea, salario bruto menos cotizaciones sociales, que sean inferiores al importe de 11.250,00, esa reducción asciende a 3.700,00 euros.
Dichas reducciones se van reduciendo gradualmente hasta su completa desaparición para aquellos que perciban más de 14.450,00 euros.
Por tanto, se pretende que esta circunstancia sea corregida.
Aumento Deducciones IRPF
Se incluyen otra propuesta que es la siguiente:
Deducción adicional de 1.200 euros anuales para aquellos contribuyentes que tengan a su cargo:
- Cónyuge con discapacidad.
- Cuarto hijo, en casos de familias numerosas.
- Ascendiente mayor de 80 años.
Esta deducción viene a ampliar y completar a las ya existentes para familias numerosas.
Como se puede observar, esta bajada de IRPF prevista para 2018 supondrá un beneficio para aproximadamente 3,5 millones de contribuyentes españoles. De los cuales, 700.000 personas beneficiadas aproximadamente tienen a miembros con discapacidad a su cargo. Por tanto, se trata de una rebaja que favorecerá principalmente a los que disponen de rentas más bajas.
¿SIGUES TENIENDO ALGUNA DUDA?