El pasado 5 de Abril se puso en marcha la campaña de la Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio del año anterior. Un tributo realmente importante, ya que es una cita anual que tiene la gran mayoría de la población con la Agencia Tributaria. Por eso te vamos a ayudar con la Renta 2016 y los aspectos más importantes a tener en cuenta.
Sin más dilación vamos a hacer un resumen que va a constituir una perfecta guía para ayudarte a preparar la documentación para que la presentación de tu declaración no traiga sorpresas desagradables, pero quizás si alguna favorable que desconocías y puedas cumplir con total tranquilidad.
Renta 2016. Fechas importantes a tener en cuenta
- 5 de Abril de 2017. Comienza la campaña. A partir de esta fecha puedes solicitar el número de referencia necesario para la presentación, obtener los datos fiscales, confirmar y/o modificar el borrador tanto electrónicamente como por teléfono y presentar la declaración confeccionada de manera telemática, autónomos incluidos.
- 4 de Mayo de 2017. Se abre el plazo para solicitar cita previa a través de internet o por teléfono para la elaboración de declaraciones, o modificar los borradores de manera presencial en las dependencias de la Administración.
- 11 de Mayo de 2017. Inicio de la atención presencial en las oficinas de la AEAT y otras administraciones colaboradoras, como por ejemplo Comunidades Autónomas, Ayuntamientos, etc., para la confección y presentación de las declaraciones de todos aquellos que lo soliciten previa cita.
- 26 de Junio de 2017. Fecha límite para que a aquellos a los que la declaración les salga a pagar puedan domiciliar en su cuenta bancaria. Después de esta fecha, el contribuyente deberá proceder al pago, no le será cargado en cuenta.
- 29 de Junio de 2017. Este es el último día para solicitar cita previa.
- 30 de Junio de 2017. Último día de presentación de declaraciones y confirmación de borradores. Además, es la fecha en la que será cargado el importe en caso de haber domiciliado el pago.
- 6 de Noviembre de 2017. Último día para pagar el segundo plazo correspondiente a la renta del ejercicio 2016 en el caso de que se hubiera solicitado el fraccionamiento.
Renta 2016. Formas de confeccionarla
- Uno de los principales cambios en este año es la desaparición del programa PADRE y su sustitución por RENTA WEB para todos los contribuyentes, incluidos los que están sujetos a actividades económicas.
- Acudiendo a las dependencias físicas habilitadas en los distintos organismos públicos como son las delegaciones de la Agencia Tributaria, Comunidades Autónomas, Ayuntamientos, Registros, etc. No olvides pedir cita previa.
- A través de tu asesoría de confianza.
Renta 2016. Novedades más importantes
Aunque este año no ha sido muy prolífico en cuanto a novedades se refiere, sí que se han producido algunas que es necesario tener en cuenta. Vamos a verlas:
- Cláusulas Suelo. Una de las más significativas. Y es que la AEAT ha recopilado información a través de las entidades financieras de aquellos contribuyentes que han recibido devolución de dinero por dicha cláusula. Es posible que se tenga que realizar algún tipo de regularización. Veamos de qué se trata.
- El importe recibido como devolución de las cantidades pagadas de más no se tendrá que integrar en la base imponible.
- Tampoco se tendrá que tributar por los intereses percibidos a modo de indemnización.
- Pero los intereses que sean devueltos y que en declaraciones anteriores se hayan deducido como parte de la deducción por vivienda habitual, sí que tributarán. De modo que habrá que realizar una regularización de las deducciones que se hayan practicado, de los ejercicios no prescritos, en la renta de este año, puesto que es en el que han sido cobrados.
- Bajada de medio punto de los tipos de gravamen de la base imponible del ahorro. Se produce el último tramo de rebaja del impuesto, quedando de la siguiente manera:
- 19% Rendimiento de 6.000 euros.
- 21% para el tramo existente entre los 6.000 y 50.000 euros.
- 23% para los rendimientos que sobrepasen los 50.000 euros.
- Aumento de 500 hasta 1.500 euros anuales del máximo por deducción de los importes satisfechos por seguros de enfermedad, para empresarios o exentos para trabajadores, si alguno de los beneficiarios, es decir, contribuyente, cónyuge o hijo tiene algún grado de discapacidad.
Renta 2016: aspectos clave a tener en cuenta a la hora de hacer la declaración
- Si pagas cuota a sindicatos o colegios profesionales. No olvides declararlo puesto que supone una deducción.
- Si tienes familia numerosa o ascendientes a tu cargo, deberás incorporarlo a tu declaración, puesto que también es motivo de deducción.
- Si realizas aportaciones a cónyuges o por alimentos a hijos en caso de divorcio, tendrás que tenerlas en cuenta.
- Si tienes una vivienda habitual desde antes de 2013 o en alquiler desde antes de 2015, también te podrás aprovechar las deducciones.
- Si has tenido pérdidas patrimoniales, tenlas en cuenta, ya que las puedes compensar con las ganancias.
- Si tienes una vivienda arrendada, debes declarar lo que ganas y los gastos que ocasiona.
- Si tienes segunda vivienda distinta de la habitual también debes tenerlo en cuenta.
- Si has realizado aportaciones a planes de pensiones o donaciones a ONGs, no las olvides.
- Revisa las deducciones que tu Comunidad Autónoma ha establecido, pueden resultar muy rentables.
- Y si has sufrido un despido, recuerda que la indemnización también la tendrás que declarar si supera el máximo establecido por ley de 180.000 euros.
Ya has visto los aspectos más importantes a tener en cuenta en la Renta 2016. Si necesitas hacer tu declaración o resolver dudas, ponte en las mejores manos, ya que es un impuesto que hay que tomar con seriedad. En Asesoría Premium en Murcia te atenderemos de manera eficaz y responsable.
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