La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, es decir, la nueva ley de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, ya está en vigor, lo que significa que su cumplimiento es obligatorio para todos. Pero ¿conoces su contenido? Si no es así, nosotros te hacemos un resumen.
Esta nueva normativa está redactada con el fin de adaptar el régimen jurídico español a lo que anteriormente estableció el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), cuya aprobación dejaba obsoleta y con graves carencias a la anterior ley española que ya está derogada.
Además, aprovechando la nueva redacción, y para adaptarla a los avances que se han producido, se han introducido novedades que regulan y desarrollan diferentes materias muy necesarias para la sociedad actual fuertemente digitalizada, y por tanto gravemente expuesta al uso fraudulento de sus datos.
Cambios introducidos por la nueva ley de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales
Más facilidades para que los ciudadanos puedan ejercitar sus derechos.
Uno de los eternos problemas que se encuentra el ciudadano en el tema de la protección de datos es el mareo al que le someten las empresas y diferentes entidades cuando no se quiere que estos sean utilizados por ellas. Ahora, este hecho cambia y se facilita el ejercicio de los derechos de los siguientes modos:
- Obligación de las entidades a facilitar los medios necesarios y la accesibilidad a ellos para que los ciudadanos puedan ejercer sus derechos respecto a sus datos.
- Regulación del modo en que se debe informar a las personas respecto al tratamiento que se hace de sus datos, refiriéndose de manera específica al uso que se hace de ellos en Internet. El sistema de información permitirá que los ciudadanos conozcan de forma sencilla y muy clara los aspectos que más relevancia tengan respecto al tratamiento que hagan de estos. Además, la información menos importante deberá estar accesible mediante el uso de un enlace directo.
Reconocimiento específico del derecho de acceso, rectificación o supresión
Es un aspecto muy importante y necesario de esta ley, ya que por fin se reconoce de manera específica los derechos de acceso, rectificación o supresión de los datos de una persona fallecida por parte de aquellas personas que tuvieran un vínculo, ya sea familiar, legal o de hecho con el difunto, a no ser que este hubiera prohibido expresamente dichas acciones.
Consentimiento de menores
Queda fijada por ley en 14 años la edad a la cual el consentimiento de tratamiento de datos o la solicitud de supresión de los que hayan sido facilitados a cualquier servicio perteneciente a la sociedad de la información, redes sociales incluidas, pueden ser prestados de forma autónoma, aunque al ser todavía menor de edad, también lo puedan hacer los padres o tutores legales hasta que alcance la mayoría.
Refuerzo de las obligaciones del uso seguro de internet en el sistema educativo
Se incluirá en el plazo de un año desde la entrada en vigor de esta ley, en los currículums académicos de las administraciones educativas la formación específica de profesores en el uso adecuado y totalmente seguro de internet, la cual será garantizada e impartida académicamente a los alumnos, incluyéndola en los planes de estudios.
Derecho al olvido
Mediante esta ley se garantiza el derecho al olvido tanto en redes sociales como en los servicios de la sociedad de la información que sean equivalentes, quedando excluidos los datos que hayan facilitado terceros cuando lo hayan hecho en el ejercicio de actividades domésticas o personales.
Sistemas de denuncias internas anónimas
Se establecen en esta ley los sistemas de denuncias internas anónimas, mediante los cuales se puede informar a una entidad privada de la realización de conductas o actos que no se ajusten a lo establecido en la normativa. De esta manera las personas jurídicas podrán realizar las gestiones necesarias para solucionar este hecho, y de este modo quedará acreditada la diligencia necesaria para que se produzca la exención penal.
Dispositivos de videovigilancia, digitales y de grabación de sonidos en los centros de trabajo
Se garantiza por ley el derecho a la intimidad de los trabajadores tanto en el uso de los dispositivos de videovigilancia como en el de grabación de sonidos que estén instalados en el lugar de trabajo. Al mismo tiempo que se garantiza también este derecho cuando se usen dispositivos digitales que la empresa ponga a disposición de los trabajadores, al igual que se deberá informar a estos del uso de sistemas de geolocalización.
Ficheros de morosos
Uno de los temas más novedosos es la regulación de los conocidos comúnmente como ficheros de morosos y cuyo nombre es sistemas de información crediticia. Se fija una deuda mínima por importe de 50 euros para que pueda ser incorporada a este sistema y el plazo máximo de permanencia es de 5 años.
Modificación de la ley de competencia desleal
Se modifica dicha normativa estableciendo como prácticas agresivas aquellas que traten de realizar una suplantación de la identidad y las funciones de la Agencia Española de Protección de Datos, al igual que también serán consideradas del mismo modo las prácticas de asesoramiento de ínfima calidad o “adaptación a coste cero” que se presten a las empresas.
Estos son los interesantes cambios introducidos por la nueva ley de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales. Para ampliar información o realizar un tratamiento adecuado de los mismos, contacta con nuestros profesionales.