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5 MIN READ

Nueva convocatoria para la concesión de subvenciones a autónomos

17 diciembre, 2018

 

El pasado 5 de octubre fue publicada en el BOE una nueva convocatoria para la concesión de subvenciones a los autónomos. Se trata de la “Resolución de 28 de septiembre de 2018, de la Dirección General del Trabajo Autónomo, de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones a las actividades de promoción del trabajo autónomo, de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas y para sufragar los gastos de funcionamiento, para el año 2018”.

 

Objeto de la convocatoria para la concesión de subvenciones a los autónomos

 

Esta nueva convocatoria tiene por objeto la contribución a la financiación de todos aquellos gastos ocasionados durante el ejercicio 2018 y que hayan sido pagados antes del 1 de febrero de 2019 por el desarrollo de las actividades de promoción y apoyo a:

  • Trabajo autónomo.
  • Economía social y de la responsabilidad social de las empresas.

Que consistirán en las siguientes acciones establecidas en el artículo 3.1 de la Orden ESS/739/2017, de 26 de julio:

  1. Acciones de apoyo y asesoramiento a emprendedores, autónomos y promotores de la economía social.
  2. Programas de fomento de la cultura emprendedora, del autoempleo, de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas.
  3. Campañas de comunicación y divulgación orientadas a la promoción del trabajo autónomo, de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas, incluidas las que se lleven a cabo en el marco del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, y que se realicen a través de cualquier medio de comunicación, incluidas las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones.
  4. Elaboración y publicación de estudios, trabajos de documentación, análisis e investigación y otras actuaciones análogas.
  5. Actividades de formación tendentes a iniciar, perfeccionar y cualificar en el conocimiento del trabajo autónomo, de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas.
  6. Organización de congresos, seminarios, jornadas, presencia en ferias y otras actividades de naturaleza similar, con convocatoria pública de realización de la actividad.
  7. A estos efectos, se considerarán como una sola actividad aquellas actuaciones que sean idénticas en cuanto a su formato, ejecución y finalidad, y sean realizadas en distintos lugares y/o fechas.»

También incluye un apartado de financiación parcial para cubrir los gastos de funcionamiento correspondientes al ejercicio 2018 de las siguientes:

  • Asociaciones de trabajadores autónomos.
  • Sociedades laborales.
  • Empresas de inserción.
  • Entes representativos de la economía social de ámbito estatal para facilitar el cumplimiento de los fines propios de estas entidades.

En referencia a las actividades que se realicen respecto a campañas de divulgación, comunicación y promoción del trabajo autónomo, responsabilidad social de las empresas o economía social que se hagan con el uso de nuevas tecnologías o medios de comunicación, se deberán hacer mediante los soportes que la orden determina que son:

  • Marketing móvil.
  • Banners de Internet.
  • Publicidad exterior.
  • Prensa escrita.
  • Cuñas de radio.

Por último, también serán objeto de subvención las actividades que realicen las asociaciones con el fin de defender y representar a las entidades anteriormente descritas.

 

 

Beneficiarios de la convocatoria para la concesión de subvenciones a los autónomos

 

Según la resolución los beneficiarios se distinguirán según sean para un tipo de subvención u otro y serán los siguientes:

1. De las subvenciones a las actuaciones de ámbito estatal de promoción del trabajo autónomo, de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas:

  • Asociaciones profesionales de trabajadores autónomos de ámbito estatal y carácter intersectorial.
  • Entidades asociativas de cooperativas, de sociedades laborales y de empresas de inserción.
  • Otros entes representativos de la economía social que integren a asociaciones de ámbito estatal de cooperativas y de sociedades laborales.
  • Otras asociaciones, fundaciones y universidades.

2. Para los gastos de funcionamiento:

  • Asociaciones profesionales de trabajadores autónomos de ámbito estatal:
  • Entidades asociativas de carácter intersectorial y ámbito estatal de cooperativas, de sociedades laborales y de asociaciones de empresas de inserción.
  • Entidades asociativas de carácter sectorial y de ámbito estatal de cooperativas y de sociedades laborales.
  • Otros entes representativos de la economía social que integren a asociaciones de ámbito estatal de cooperativas y de sociedades laborales. Estos entes representativos de la economía social deberán contar entre sus asociados, al menos, con cinco asociaciones de ámbito estatal entre las de cooperativas y las de sociedades laborales.»

 

Dotación presupuestaria de la convocatoria para la concesión de subvenciones a los autónomos

 

La dotación total presupuestaria se dividirá por las distintas acciones del siguiente modo:

  • Actividades correspondientes a formación, difusión y fomento del trabajo autónomo de la Economía Social y de la Responsabilidad Social Empresarial será de 1.960.030.-€.
  • Desarrollo de medidas incluidas en la Estrategia Española de la Economía Social 2017-2020. 1.000.000.-€.
  • Gastos de funcionamiento: 1.477.970.-€

 

Estas dotaciones se adjudicarán, hasta que se agote el crédito disponible, a las solicitudes ordenadas de mayor a menor puntuación.

 

Esta es la nueva convocatoria para la concesión de subvenciones a los autónomos. Para ampliar información o conocer tramitación, contacta con nuestro equipo de profesionales.

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