Existe una cita ineludible de todas las empresas con el Registro Mercantil correspondiente a la provincia donde estas tengan su domicilio social. Este año se han producido novedades muy importantes respecto a esta obligación contable. Por eso te contamos todo lo que tienes que saber respecto a las cuentas anuales 2019.
Se han producido diversos cambios unos previos a la pandemia provocada por la COVID-19 y otros a causa de esta y que vienen recogidos en los Reales Decretos “8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19” y “19/2020, de 26 de mayo, por el que se adoptan medidas complementarias en materia agraria, científica, económica, de empleo y Seguridad Social y tributarias para paliar los efectos del COVID-19”, los explicamos a continuación.
Cuentas Anuales 2019, todo lo que hay que saber
Cambio en los plazos de formulación, aprobación y presentación
Con el estado de alarma, los plazos administrativos fueron interrumpidos. Por tanto, todos los correspondientes a las cuentas anuales 2019 se paralizaron también, siendo reanudados a partir del día 1 de junio y quedando definidos del siguiente modo:
- Las cuentas anuales formuladas durante el estado de alarma tendrán plena validez.
- 1 de junio de 2020: reanudación del plazo para realizar la formulación de las cuentas anuales. Disponiendo de tres meses desde dicha fecha para hacerlo, es decir, hasta el 31 de agosto de 2020 como máximo.
- 31 de octubre de 2020: plazo máximo de celebración de la junta general ordinaria en la que serán aprobadas las cuentas anuales y en la que se aplicará el resultado de las mismas. Es necesario poner atención en este plazo ya que se reduce de tres meses que es la duración normal entre la formulación y la aprobación a dos meses.
- 30 de noviembre de 2020: plazo máximo de presentación de las cuentas anuales en el Registro Mercantil.
Inclusión referente a las consecuencias de la crisis por el COVID-19 en la empresa en la memoria de las Cuentas Anuales 2019
Aunque las cuentas van referidas al ejercicio 2019, período anterior al estado de alarma, esta pandemia sí que ha generado un estado de incertidumbre en el ejercicio 2020 lo que se debe incluir en la memoria del siguiente modo:
- No se modifican ni el balance de Situación, ni la cuenta de Pérdidas y Ganancias.
- En la Memoria de Pymes se incluirán los siguientes apartados:
- En las bases de presentación de las cuentas anuales se incluirá la información correspondiente al impacto de la crisis por COVID-19. Habrá que indicar si es grave o no dicho impacto y si se deja de aplicar el principio de empresa en funcionamiento.
- En otra información se deberá detallar las consecuencias financieras que la citada crisis ha tenido para la empresa, como disminución importante de ingresos, no realización de inversiones o suspensión de la actividad.
Nueva obligación de información: Documento sobre servicios a terceros
Conforme a lo establecido en la “Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo” en las Cuentas Anuales 2019 se incluye un apartado en el cual se debe prestar la información relativa a la prestación de servicios por cuenta de terceros en el caso de que estos sean prestados por la empresa.
Es importante destacar que no todas las sociedades están obligadas a rellenar este formulario, únicamente lo harán aquellas que presten los siguientes servicios:
- Constitución de personas jurídicas para otras personas físicas o jurídicas, es decir, la realización de toda la tramitación de la constitución de una sociedad u otra figura para terceros.
- El ejercicio de las siguientes funciones para terceros: dirección, asesoría externa y secretarios no consejeros de consejo de administración.
- Ejercer de domicilio social o dirección administrativa, postal o comercial de terceros.
- El ejercicio de las funciones de accionista o socio por cuenta de un tercero ya sea persona jurídica o asociación.
- El ejercicio de las funciones de fiduciario en un fideicomiso.
Esta es la información más relevante respecto a las Cuentas Anuales 2019, novedades muy importantes y significativas que es imprescindible tener en cuenta para que el Registro Mercantil no las califique de defectuosas. Por eso te aconsejamos que te pongas en las mejores manos, las de nuestros profesionales que cuentan con los conocimientos y la experiencia necesarias.