agosto 19, 2025

¿Cuándo me hacen la devolución de la Renta?

Al igual que sucede en campaña de la Renta, miles de contribuyentes esperan con impaciencia el ingreso de Hacienda. Aunque en muchos casos la devolución llega en pocas semanas y muy probablemente ya te haya llegado, el plazo legal que tiene la Agencia Tributaria para efectuar el pago se extiende hasta seis meses después de que finalice el periodo de presentación.

Esto significa que, aunque la mayoría cobra antes, hay quienes pueden tener que esperar hasta final de año para ver reflejada la devolución en su cuenta bancaria. Y es por eso que quizás ahora mismo, en pleno verano, si aún no has recibido la devolución, te estés preguntando qué ha pasado y por qué formas parte de esa minoría cuya declaración tributaria aún no se ha resuelto.

En Asesoría Premium queremos sacarte de dudas, y sobre todo, ayudarte en caso de que haya habido cualquier problema con tu Declaración de la Renta.

¿Cómo comprobar si tu devolución está en marcha?

La forma más rápida de saber si tu devolución avanza es consultando el expediente en la sede electrónica de la AEAT. Para entrar necesitas un sistema de identificación segura (DNIe, certificado digital o Cl@ve PIN).

Allí encontrarás el estado exacto de tu declaración y, según lo que aparezca, podrás hacerte una idea de en qué punto del proceso te encuentras ahora mismo.

Situaciones típicas que pueden retrasar el pago de la Renta

Aunque no hayas hecho nada mal, hay diversos motivos por los que Hacienda puede tardar más en devolverte el dinero. Estos son los más frecuentes:

1. La declaración sigue en revisión interna

En ocasiones verás el aviso de que “su declaración se está tramitando”. Eso significa que el expediente está registrado, pero todavía no se han verificado los datos.

2. Comprobación por posibles deudas

Esto es lo más típico por lo que se retrasa el pago de la Renta. Si tienes alguna obligación pendiente con la Administración (multas, cotizaciones, otros impuestos), la Agencia puede usar la devolución para compensar esos importes. En esos casos el proceso se alarga.

3. Revisión por errores o datos dudosos

Cuando la información no coincide o faltan justificantes, Hacienda puede enviarte un requerimiento. Ahí deberás aportar la documentación en un plazo de 10 días hábiles. Esto ocurre, por ejemplo, si eres autónomo y aplicaste muchas deducciones de gastos.

4. Retrasos administrativos sin motivo aparente

A veces simplemente se trata de comprobaciones internas. Mientras no se supere el plazo de seis meses, la Agencia está dentro de la legalidad, aunque la espera pueda ser incómoda.

¿Qué hacer si Hacienda no devuelve dentro del plazo?

Si la Administración no cumple con el límite de seis meses, tiene la obligación de abonarte la devolución con intereses de demora. No es lo habitual, pero es un derecho que conviene recordar.

Esto será así en caso de que realmente la AEAT considere que la solicitud de devolución es correcta, ya que si tuvieras deudas y éstas superan, Hacienda las compensaría con tu deuda.

Nuestro consejo es que si te encuentras en esta situación y si Hacienda no te ha devuelto la Renta, revises con calma tu declaración. En caso de que hubiera cualquier error, puedes valorar hacer una complementaria, aunque debes tener en cuenta que esto supondría una sanción al hacerse ya fuera de plazo.

En caso de que tengas duda, lo mejor es que no des un paso sin contar con tu asesor fiscal. En muchas ocasiones, lo mejor es simplemente esperar a que la AEAT resuelva el expediente, y en caso de recibir un requerimiento, responder a éste dentro del plazo. Para ello, es muy importante que consultes las notificaciones electrónicas, utilizando para ello tu certificado digital.

Por otra parte, si no recibes ninguna notificación, consulta periódicamente la página de la AEAT y comprueba el estado de tu declaración.

¿Necesitas ayuda con tu Declaración de la Renta?

Mucha gente cree que una vez presentada la Renta dentro del plazo correspondiente todo está resuelto. Pero, en realidad, hasta que la AEAT no resuelva tu expediente, generalmente aún existen posibilidades de que la Agencia Tributaria te haga un requerimiento, o te proponga otra devolución si aprecia que ha habido errores.

Además, incluso si la AEAT resuelve el expediente, recuerda que el plazo de prescripción es de 4 años, por lo que si posteriormente la AEAT obtuviera nuevos datos que indiquen que ha habido algún error en tus declaraciones previas, aún es posible que te reclamen cantidades impagadas o te requieran facturas por deducciones que te aplicaste.

Si el proceso se complica o recibes notificaciones de la AEAT que no sabes cómo gestionar, lo mejor es contar con asesoramiento especializado. Un profesional puede ahorrarte tiempo, evitar sanciones y resolver incidencias con Hacienda de forma más ágil. En Asesoría Premium estamos dispuestos a ayudarte. Contacta ahora con nosotros.

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