Gracias a todas las ayudas (click aquí) que se están concediendo en la actualidad para los autónomos emprendedores la pregunta del millón es:
¿Es posible ser autónomo y trabajar por cuenta ajena a la vez?
La respuesta es: SI.
El emprededurismo está creciendo en España a pasos agigantados y muchas de las personas que se encuentran trabajando actualmente por cuenta ajena se hacen constantemente esta pregunta.
A esta situación se le llama PLURIACTIVIDAD, cosa que no es lo mismo que ser pluriempleado, así es como determina la Seguridad Social a un trabajador que trabaja por cuenta ajena y realiza otros trabajos por cuenta propia.
¿Cuáles son los trámites necesarios para ello?
El trámite necesario es tan sencillo como darse de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) y notificar esta pluriactividad en la solicitud de alta como autónomo.
¿Tendré algún tipo de BONIFICACIÓN?
Una de las preguntas más importantes que rondan nuestra cabeza. Aquí sí que tenemos buenas noticias para ti.
Las bonificaciones son:
–Primeros 18 meses de pluriactividad: 50% de la base mínima de cotización.
–Siguientes 18 meses: 75% de la base mínima de la cotización.
Para que nos entendamos, si empezamos a trabajar como autónomo no tendremos que pagar los 264 euros de cuota, sino que solo el 50% de esta cantidad, unos 130€ los 18 primeros meses y posteriormente unos 200€.
Dichas bonificaciones se deben solicitar en el momento de alta en el RETA.
ANOTACIÓN IMPORTANTE: ESTA BONIFICACIÓN NO ES COMPATIBLE CON OTRAS BONIFICACIONES QUE SE OFRECEN ACTUALMENTE COMO ES EL CASO DE LA TARIFA PLANA DE NUEVOS AUTÓNOMOS.
¿Estaremos cotizando doblemente a la Seguridad Social?
La respuesta vuelve a ser: SI.
Si estamos dados de alta en pluriactividad estaremos cotizando a la Seguridad Social doblemente y por tanto tendremos derecho a una doble pensión.
Claro está debemos haber cotizado el mínimo 15 años en ambos regímenes.