La Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo es, sin duda, una de las medidas del Gobierno que más expectación ha levantado en el sector del trabajo por cuenta propia. Su reciente aprobación en la comisión de Empleo del Congreso de los Diputados hace aventurar que el texto culminará su trámite parlamentario sin reformas de calado.
Su entrada en vigor está prevista para comienzos de 2018, lo que convierte en inminentes estos cambios introducidos en la legislación. Sin embargo, a tenor de las críticas que vienen apareciendo, no parece que las medidas incluidas en esta reforma cuenten con un amplio consenso.
La última arremetida contra esta reforma legislativa proviene de la revista Consumer, la publicación del grupo Eroski, que acaba de hacer pública una guía con las seis principales carencias de la nueva ley de Autónomos.
Para los expertos de esta publicación, una de las principales trampas que encierra esta reforma legal es la exclusión de la posibilidad de cotizar por ingresos reales. Las principales asociaciones del sector llevan años reclamando al Gobierno esta medida, contemplada en la mayoría de países de la Unión Europea, para que los trabajadores autónomos coticen a la Seguridad Social en proporción a sus ingresos reales.
Sin embargo, con la subida decretada recientemente, un trabajador autónomo paga al mes a la Seguridad Social un mínimo de 275 euros mensuales, sean cuales sean sus ingresos, lo que obliga a muchos de ellos a salir ocasionalmente del circuito legal y pasar a engrosar la economía sumergida. La nueva ley mantiene esta situación.
Este vídeo, correspondiente a una campaña que ya ha alcanzado las 500.000 firmas, explica muy bien las claves de una medida que el sector considera imprescindible para garantizar la equidad con el resto de trabajadores y empresarios de España.
El Gobierno asegura que la cotización por ingresos reales está en su agenda y que será discutida próximamente en el marco del Pacto de Toledo (el órgano político que decide sobre el sistema de pensiones públicas y el equilibrio financiero de la Seguridad Social), pero lo cierto es que cuando esta nueva ley entre en vigor, los autónomos seguirán obligados a pagar las cotizaciones fijadas por el Gobierno, sean cuales sean sus ingresos efectivos.
Otra vieja aspiración de los autónomos que queda igualmente postergada es la posibilidad de percibir el subsidio de desempleo. La presente reforma ni siquiera entra a valorar esta cuestión, que constituye un nuevo agravio comparativo con los trabajadores por cuenta ajena, que sí tienen tasado y establecido el procedimiento para obtener de manera prácticamente automática esta prestación cuando se quedan en el paro.
Otras medidas que los expertos de Consumer echan de menos en el texto legislativo es la posibilidad de desgravar el 30% de los gastos del hogar cuando el autónomo trabaja en su casa, una opción cada vez más extendida con la irrupción de las nuevas tecnologías. Tal y como está la ley en estos momentos, el porcentaje de deducción seguirá estando muy por debajo de ese porcentaje previsto.
Algo parecido ocurre con la tarifa plana de la cotización a la Seguridad Social, una medida muy positiva para facilitar el emprendimiento pero que, por su propia normativa, impide beneficiarse de ella a los profesionales que ya están dados de alta.
La reforma de la ley amplia de seis a doce meses esa cuota de 50%, pero solo será accesible a los trabajadores que se incorporen por primera vez al RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social), lo que dejará fuera de sus beneficios a una parte importante del sector.
La nueva ley, es indudable, supone una mejora de las condiciones para los trabajadores autónomos pero, como queda de manifiesto en las críticas que va cosechando, la reforma es mucho menos ambiciosa de lo que hubieran deseado 3,2 millones de trabajadores autónomos que actualmente existen en España.
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