Es común que año a año aparezcan nuevas medidas de vigilancia de la AEAT para controlar el fraude. Para este año que entra, por supuesto, hay novedades interesantes que hemos de tener en cuenta para no fallar y para realizar una planificación estratégica fiscal adecuada.
Conoce las nuevas medidas de vigilancia de la AEAT
La Administración quiere continuar con su impulso para implementar las herramientas informáticas que facilitan la interactuación con las personas, tanto asesores como representantes, frente a la Inspección.
Impuesto sobre sociedades
Comenzamos con el Impuesto sobre Sociedades, donde hay especial presencia de los datos fiscales para liquidar el Modelo 200:
- Aparecen más avisos y advertencias a tener en cuenta durante la presentación del modelo para no fallar en las presentaciones realizadas que pudieran ser óbice de multa.
- Ya es obligatoria la cumplimentación del apartado Correcciones al Resultado Contable, y ahora, de hecho, hay información sobre los ajustes en el ejercicio anterior condicionando dicha cumplimentación al apartado a realizar.
- Continúa el Plan especial de comprobación que se relaciona con los contribuyentes consignados de forma reiterada en declaraciones de bases imponibles negativas a compensar. También en deducciones pendientes de aplicación en el IS.
Sociedades inactivas
¿Qué sucede a partir de ahora con las sociedades inactivas? En el ejercicio 2022 se pretende continuar con las actuaciones en Gestión e Inspección realizando comprobaciones limitadas cuando el importe neto de la cifra de negocio sea reducido o directamente inactivo.
Si se considera que las personas jurídicas inactivas ocultan una verdadera titularidad de derechos y bienes, las consecuencias serán:
- Cierre de la página en el Registro Mercantil.
- Revocación del NIF, lo que impide la continuidad de la vida fiscal de la sociedad. Habrá pérdida de validez a efectos de identificación en el ámbito fiscal.
- No se podrán realizar inscripciones en registro público.
- No habrá cargos y abonos en cuentas y depósitos abiertos en entidades de crédito.
- Imposibilidad de obtención de certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias.
- Se dará de baja en el ROI y en el REDEME.
Otros aspectos a destacar
Durante este año 2022 cabe resaltar que habrá seguimientos especiales en ciertos tributos:
- Habrá campaña de tendencia para verificar que se cumplen las obligaciones informativas declaradas en el modelo 232.
- Se persigue la incorporación indebida de resultados de actividad de gastos personales que no se relacionan.
- También hay especial vigilancia al uso de formas societarias y sus relaciones con socios, administradores, vinculados o trabajadores, así como a sociedades controladas por otras personas, para evitar que no se usen como minoración improcedente de la tributación.
- Interposición de personas jurídicas que se usen para canalizar de personas físicas para reducir su tributación estarán especialmente vigiladas.
- Lo mismo sucede con pequeños grupos fiscales con cifra de negocio reducida pero consolidada.
- Habrá un control estricto del cumplimento de los requisitos legales que se exigen a la integración de entidades en grupo.
Impuestos sobre el IVA y su control
También habrá un control exhaustivo sobre el IVA. Veamos cómo:
Libros de Registros
Desde el primer trimestre de 2022 todos los contribuyentes que no están obligados al SII pueden confeccionar de forma automática el modelo 303. Los datos son importables de los libros.
Además, ahora hay una prorrata general, un régimen especial de bienes usados, otro para agencias de viajes y uno final para criterio de caja.
Minoristas
El control de la Agencia Tributaria se ha fortalecido en este sector con actuaciones que tienden a comprobar que se aplica bien el recargo de equivalencia del IVA.
Sobre todo, los minoristas que tienen como clientes finales a los consumidores deben soportar las cuotas de IVA que repercuten en proveedores, igual que el recargo de equivalencia como compensación por su exoneración de autoliquidaciones trimestrales. Y se hace en doble vertiente:
- Identificación ante el proveedor como sujeto incluido en el régimen de recargo de equivalencia del comerciante minorista.
- Control del proveedor de comerciantes minoristas para verificar el repercutido del recargo.
Ambas actuaciones afectan especialmente a:
- Proveedores de minoristas.
- Comerciantes minoristas.
- Se procura una depuración censal que incluye altas de oficio si se detectan prácticas del régimen sin la correspondiente alta.
Operaciones con el exterior
Existe una fuerte estrategia nacional para luchar contra las tramas internacionales. Por ello estas operaciones tendrán especial seguimiento:
- Medidas de control preventivo del Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI) para depurar el mismo.
- Control del censo de entidades con la finalidad de excluir las que son potenciales clientes para uso de las organizaciones criminales.
- Comprobación e investigación combinadas de las importaciones de productos de consumo y textiles, en especial de procedencia asiática.
- Control sobre las tramas de fraude al IVA intracomunitario en el sector de vehículos.
- Control sobre los depósitos fiscales y depósitos diferentes a los aduaneros para evitar la elusión fiscal.
- Control del reembolso del IVA soportado en adquisiciones de bienes efectuadas por viajeros no residentes en el territorio donde se aplica el impuesto.
Se potencia, además, la relación entre Administraciones Tributarias Autonómicas y la Agencia Tributaria para trabajar en el intercambio de información en la transmisión de información de Operaciones inmobiliarias.
También se implementan acciones que permitan usar sistemas de procesamiento de información empresarial, para lo que se instalan cajas registradoras que impidan que se oculten ventas verdaderas. Así se lucha contra la empresa sumergida.
IRPF
Veamos ahora las medidas de vigilancia de la AEAT para temas de IRPF. Algunas son nuevas, otras, ya eficientes, se refuerzan.
Declaración de la Renta
Ahora vemos más avisos en los documentos de datos fiscales de IRPF. Así pues, hay que tener en cuenta que:
- Hay información sobre la Declaración Informativa trimestral en cesión de viviendas para fin turístico.
- Hay avisos que corresponden a operaciones con criptomonedas y divisas virtuales.
Hay que presentar declaraciones con posterioridad a ser modificadas si aparecen nuevas informaciones y existen olvidos. Así pues, para facilitar trámites y resoluciones, se implementa sistemas de alerta para contribuyentes, con el fin de reducir errores.
Libros registro
Ya se puede trasladar de forma automática el contenido de los libros de IRPF a sus correspondientes casillas de modelo de Renta. Además, estas medidas se llevan implementando desde el pasado 2020, cuando ya se podía realizar el traslado automático a las casillas correspondientes para el modelo de Renta del ejercicio. Se han implantado sistemas de trabajo digital para interactuar con los tributarios obligados en un único formato.
Pagos fraccionados
En cuanto a los pagos fraccionados, ahora se puede confeccionar de forma automática el modelo 130 gracias a la información que hay en los libros registro de cada contribuyente que realiza actividades económicas.
Monedas virtuales
También se ha potenciado mucho el control de los negocios con criptomonedas. Durante este ejercicio se desarrollan reglamentos con nuevas obligaciones, cuyo fin es:
- Obtención de información de diversas fuentes.
- Análisis de la información correcta de tributación y operaciones realizadas.
- Potenciación de herramientas para facilitar actuaciones de control.
- Refuerzo de la cooperación internacional.
Más actuaciones de control
Otras actuaciones de control que se van a aplicar en diferentes campos también entran en vigor en aspectos como:
- Titularidad de TPVs usados para evitar actuaciones de embargo.
- Modelos nuevos de negocio digitalizado.
- Ciudadanos deslocalizados con nivel relevante de renta o patrimonio.
- Rentas que se obtienen por deportistas y artistas que no residen en nuestro país.
Así pues, las medidas de gestión recaudatoria que se ponen en práctica para ello son:
- Seguimiento de insolvencias aparentes.
- Cooperación con las administraciones públicas.
- Proyecto de NRC online que implementa sistemas de registro y seguimiento.
- Control de deuda pendiente durante el periodo ejecutivo.
- Control de las deudas paralizadas y suspendidas.
- Mejorar la eficacia de las deudas derivadas y el efecto inducido en la recaudación.
- Control de las garantías que se ofrecen.
Aduanas e impuestos especiales
También habrá un especial control en el campo de las aduanas y los impuestos especiales. Por ejemplo:
- Valor aduanero declarado y ajustes sobre el valor.
- Control del origen declarado y correlación con la información disponible.
- Clasificación arancelaria de mercancías.
- Control de despachos y posterior entrega.
- Control de operaciones referentes al comercio electrónico.
Por su parte, en lo que respecta a los impuestos especiales, también hay elementos destacables:
- Control específico de movimientos y existencias.
- Depósitos fiscales.
- Almacenes fiscales.
- Relación con Impuestos Especiales de Fabricación.
- Control del cumplimiento de novedades normativas en relación a la llevanza de libros de contabilidad.
- Actuaciones en diversos ámbitos productivos, como transporte, hidrocarburos, etc.
Impuestos ambientales y otros
Y no nos olvidamos de los impuestos ambientales, que también van a sufrir un mayor control por parte de la Administración. Por ejemplo:
- Impuesto sobre Gases Fluorados de Efecto Invernadero.
- Actuaciones en campos de relevancia como el control de autorizaciones.
Otros aspectos a considerar están relacionados con el Plan Anual de Control Tributario y Aduanero para 2022, que recoge aspectos como:
- Cartas de aviso que se dirigen a los contribuyentes: se siguen emitiendo avisos a los contribuyentes en sus sectores determinados según el riesgo de incumplimiento.
- Devoluciones y beneficios fiscales: se actúa en la comprobación de toda solicitud de devolución a través de actuaciones inspectoras.
- Disolución y liquidación de sociedades: se comprueban las correctas declaraciones de toda cuota de liquidación de socios.
- Sistemas informáticos que permiten alterar registros contables: todavía se presta mayor atención al uso de softwares para evitar alterar registros contables y para establecer condiciones mínimas para cumplir con sistemas de facturación empresarial.
- Cuenta corriente: en materia tributaria, se habilita la presentación exclusiva electrónica del modelo de solicitud de inclusión y comunicación.
- Comercio electrónico: se refuerzan las medidas para el control adecuado de la actividad económica por medio de sistemas digitales.
- Derivaciones de responsabilidad: con las deudas a terceros, y con todo tipo de actuaciones derivativas de responsabilidad, la AEAT está centrada en identificar a terceros responsables con cargo de obligación de pago impuesto por ley.
- Economía sumergida: la lucha en este caso es prioritaria. Se ponen medidas como presencia en sectores y modelos más dados a ello para evitar estas prácticas. También aumentan los controles entre consumidores finales, en el uso de sistemas de procesado de información empresarial, en el uso abusivo de personalidades jurídicas, en las personaciones, en los supuestos de sociedades que se vinculan a personas o familias y en los análisis globales de conjuntos patrimoniales.
Estas son, a grandes rasgos, las nuevas medidas de vigilancia de la AEAT. Muchas de ellas están ya implementadas, pero reciben nuevos impulsos para que funcionen adecuadamente. Otras son novedosas. En cualquier caso, para evitar fallos, errores y futuros problemas, lo mejor es contar con los servicios de una asesoría experta y experimentada. Si quieres disfrutar de nuestra ayuda, solo tienes que contactarnos. Nuestra dilatada trayectoria muestra claramente nuestro trabajo profesional y con garantía de éxito.